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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en IFB CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó las quejas del GCBA y de la actora contra la resolución que ordenó al GCBA presentar una propuesta para garantizar un alojamiento adecuado a un grupo familiar en situación de vulnerabilidad. La decisión se fundamentó en que los agravios no evidencian vulneraciones constitucionales ni federales, sino discrepancias con cuestiones de hecho y prueba.

Fundamentacion del recurso Situacion de vulnerabilidad Falta de fundamentacion Violencia domestica Grupo familiar Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Derecho a la vivienda digna


- Quien demanda (Actor): Grupo familiar representado por CGEM, en acción de amparo promovida contra el GCBA, con protección del MPD, por el derecho a una vivienda digna y subsidios habitacionales. Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Garantía efectiva del derecho a la vivienda digna, orden de incrementar subsidios y presentar una propuesta para alojamiento adecuado, y declaración de inconstitucionalidad del decreto 690/2006.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo modificó la sentencia de primera instancia, revocando la declaración de inconstitucionalidad del decreto 690/2006 y ordenando al GCBA presentar una propuesta para garantizar alojamiento adecuado. La Cámara rechazó los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el GCBA y la actora, por entender que las cuestiones eran de hecho y prueba, y que no constituían un análisis constitucional o federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia revisada sostiene que la resolución recurrida no vulnera los derechos constitucionales alegados, ya que se basa en interpretación de cuestiones de hecho y normas infraconstitucionales. La jurisprudencia del tribunal señala que los agravios deben contener una crítica suficiente y fundada para habilitar esta instancia extraordinaria; los planteos de las quejas no cumplen con ese requisito, limitándose a disconformidades y argumentos genéricos. La resolución es considerada fundada en ley y no arbitraria, y no se evidencian graves errores que justifiquen su revocación. Además, la sentencia enfatiza que la protección del derecho a la vivienda debe tener un alcance que garantice condiciones adecuadas y no solo subsidios, en línea con instrumentos internacionales y constitucionales sobre derechos humanos.

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