MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS ROMERO, DIEGO OSCAR SOBRE 292 2°PARR - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO DESTINADO A ACREDITAR IDENTIDAD DE PERSONAS /HABILITACIÓN PARA CIRCULAR O TITULARIDAD DE AUTOMOTOR
La Sala Superior rechaza la queja del Ministerio Público y la Defensoría por la denegación del recurso de inconstitucionalidad en causa por falsificación de documento. La decisión se fundamenta en que la queja no plantea una cuestión constitucional ni evidencia arbitrariedad en la valoración de la prueba.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público
- Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Diego Romero
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la denegatoria del recurso de apelación en una causa por falsificación de documento destinado a acreditar identidad y habilitación para circular.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la queja por no constituir una cuestión constitucional ni demostrar arbitrariedad en la valoración probatoria. La Sala concluye que la discusión sobre la acreditación del dolo y la valoración de prueba es de naturaleza probatoria y no corresponde a la vía del recurso de queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La discusión relacionada con la comprobación del conocimiento que el imputado tenía sobre la falsedad del documento no es propia de la vía extraordinaria intentada y, sin perjuicio de lo argumentado por la defensa, no se ha dado cuenta en autos de la existencia de defectos lógicos o arbitrariedad en el razonamiento que, sobre este punto, desarrolló la Cámara. Es que, al sostener que el imputado no sabía que la licencia usada fuera falsa, las recurrentes solo proponen una valoración diferente o alternativa de las pruebas producidas en el debate, pero no explican por qué aquella efectuada por los jueces de la causa resultaría irrazonable o arbitraria." Además, se señala que la defensa no logra demostrar la configuración de una cuestión constitucional ni que la resolución sea arbitraria, y que los argumentos de desacuerdo en valoración probatoria no habilitan el recurso de queja.
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