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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS GEREZ, FEDERICO LEONARDO SOBRE 149 BIS - AMENAZAS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

La Sala Superior rechazó la queja contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad, confirmando la validez del proceso y las decisiones judiciales en un caso de falsificación de documentos para acreditar identidad. La decisión se sustentó en la valoración de la prueba y la argumentación legal, sin que existan vulneraciones constitucionales.

Conflicto negativo de competencia Amenazas coactivas Violacion de domicilio Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Eficiente administracion de justicia Mayor grado de conocimiento Competencia criminal y correccional


- Quién demanda: Ministerio Público
- Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires en representación de Celestino Antonio Décima.

¿A quién se demanda?

La Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia que confirmó la condena por uso de documento falsificado, por supuestas violaciones a derechos constitucionales, incluyendo el derecho al recurso, garantías del debido proceso, la presunción de inocencia y la legalidad.

¿Qué se resolvió?

La Sala rechazó la queja por improcedente, confirmando que los agravios no constituyen cuestiones constitucionales y que la valoración de la prueba y la fundamentación de la sentencia fueron adecuadas y razonables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría sostuvo que los agravios relacionados con la valoración de la prueba y la fundamentación de la sentencia no generan cuestiones constitucionales, sino diferencias en la valoración probatoria, que no corresponden a esta vía. Se destacó que la incorporación del informe pericial fue válida y que la valoración de la prueba fue adecuada, en línea con las reglas de la sana crítica. La defensa no logró demostrar que la decisión judicial fuera arbitraria o irrazonable, ni que exista una vulneración constitucional que habilite la vía del recurso de queja. La impugnación respecto a la pena impuesta fue considerada una cuestión de valoración de hechos y derecho, no susceptible de revisión en esta instancia. La recusación de la interpretación restrictiva del derecho al recurso fue desestimada, por no acreditar una cuestión constitucional. La decisión también abordó la inadmisibilidad del planteo por falta de crítica concreta y fundada del auto denegatorio.

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