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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SANCHEZ MIRTA BEATRIZ CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

Conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo; el Tribunal eleva las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la contienda, sosteniendo que existe una negativa de la Sala III a cumplir con los requerimientos del Tribunal Superior y una ratificación de su competencia, generando un conflicto de competencia que requiere resolución superior.

Ejecucion de sentencia Fundamentacion del recurso Liquidacion Sentencia definitiva Falta de fundamentacion Empleo publico Impugnacion de la liquidacion Profesionales de la salud Resoluciones posteriores a la sentencia definitiva Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente involucra una queja por recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Arzobispado de Mercedes Luján en un litigio por despido, en el cual el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires decidió dejar sin efecto un auto denegatorio del recurso y ordenar que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo conceda el traslado del recurso de inconstitucionalidad. La Cámara, sin cumplir con esta orden, dictó un auto denegatorio en abril de 2022, expresando una posición contraria respecto de la competencia del Tribunal Superior. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires consideró que existe un conflicto positivo de competencia, pues la Sala III no ha cumplido con lo ordenado y ratificó su competencia en contra de la decisión del Tribunal Superior. Los jueces De Langhe y Otamendi interpretaron que la negativa de la Cámara a acatar las instrucciones del Tribunal y su postura contraria a la competencia del Tribunal Superior generan un conflicto que debe ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en línea con la doctrina “Levinas” y la ley n° 402. Asimismo, la jueza Weinberg remarcó que corresponde elevar directamente las actuaciones a la Corte Suprema para que dirima la disputa. El juez Lozano agregó que, aunque se trata de un conflicto de competencia poco habitual, la situación encuadra en la doctrina de la “contienda positiva de competencia” y que la resolución apropiada es que la Corte Suprema determine cuál órgano es el superior en la causa, dado que existen dos tribunales con jurisdicciones distintas pero que pretenden ejercer jurisdicción en la misma causa. El Tribunal resuelve hacer lugar a la queja y elevar las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la contienda de competencia suscitada entre este Tribunal y la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

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