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PRATO, RODOLFO FLAVIO Y OTROS S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN PRATO RODOLFO FLAVIO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado del GCBA fue rechazada; el tribunal consideró que no existían argumentos suficientes para suspender el proceso y que la causa no mostraba un perjuicio irreparable. La decisión reafirma la regla de que la queja no suspende el curso del proceso salvo excepciones fundadas.

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¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (en instancia la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo)
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad denegado contra la decisión de la Sala III que rechazó su recurso de apelación y confirmó sentencia de primera instancia que hizo lugar a demanda por diferencias salariales y cálculos de intereses.
- Decisión del tribunal: La queja del GCBA fue rechazada, confirmando que la interposición de la queja no suspende el proceso en general, salvo excepciones, y que en este caso no se acreditaron argumentos suficientes para justificar una suspensión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (cfr. art. 33, ley 402); sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, ni que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal." "Es doctrina reiterada del Tribunal que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 33, ley 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos a través del recurso denegado, previa justificación de una razón seria que lo avale." "En estas actuaciones, no se advierten argumentos suficientes que justifiquen la suspensión, ya que el GCBA no acreditó que el cumplimiento de la sentencia le causaría un perjuicio irreparable." "La falta de fundamentación suficiente del GCBA para justificar la suspensión llevó a su rechazo."

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