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PRIGOSHIN , BRIAN s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS PRIGOSHIN, BRIAN Y OTROS SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN

Se deniega el recurso extraordinario federal contra decisión que rechazó la queja en causa por amparo sobre derecho a vivienda; la mayoría argumentó la falta de relación directa e inmediata con cuestiones constitucionales y la existencia de consentimiento en la sentencia de primera instancia.

Cuestion abstracta Ejecucion de la pena Libertad condicional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

BCC, en representación de sus hijos menores de edad.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Recurso de queja por rechazo de recurso extraordinario federal contra resolución que confirmó la improcedencia de un planteo de inconstitucionalidad en un amparo sobre derecho a vivienda.
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal por considerar que la sentencia de primera instancia fue consentida por la parte actora y que las cuestiones constitucionales planteadas no tienen relación directa e inmediata con la resolución cuestionada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría sostuvo que la decisión de rechazar la queja fue ajena a la instancia extraordinaria, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que las decisiones sobre recursos de orden local son ajenas a la instancia federal, salvo que exista una relación directa con cuestiones constitucionales de carácter sustantivo. Además, se afirmó que las invocaciones de preceptos constitucionales y de instrumentos internacionales no justifican, en este caso, la procedencia del recurso, dado que no existe una relación inmediata con lo decidido, y que la invocación de la doctrina de arbitrariedad de sentencia no resulta aplicable dada la naturaleza del recurso y la falta de relación con principios constitucionales específicos. La mayoría destacó que la parte actora consentió la sentencia de primera instancia y que no se acreditó una arbitrariedad que justifique la revisión del fallo. La decisión fue tomada en virtud del cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales para la admisibilidad del recurso extraordinario, que en este caso no se cumplen.

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