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REY s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en REY CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - AMPARO - HABITACIONALES

La Cámara Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires revoca la decisión de grado que denegó la medida cautelar solicitada por el GCBA en ejecución fiscal, argumentando que la resolución impugnada es arbitraria y que la acreditación del bien garantía resulta insuficiente.

Cuestion abstracta Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Néstor David Caceres y otros en el marco de ejecución fiscal por ABL
- Pequeños contribuyentes

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La adopción de la medida cautelar de embargo general de fondos y valores mediante el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ) en el proceso de ejecución fiscal, que fue denegada por el juez de grado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Superior de Justicia hizo lugar a la queja y al recurso de inconstitucionalidad del GCBA, revocando la sentencia que denegó la medida cautelar y remitiendo las actuaciones a la primera instancia para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría de los jueces consideraron que la decisión recurrida es arbitraria, ya que las razones de la juez de grado para denegar la embargo son meramente hipotéticas y conjeturales, sin suficiente respaldo en la prueba o en la normativa. Se citó que “las razones de la jueza de grado para denegar la medida cautelar pedida son meramente hipotéticas y conjeturales sobre la existencia de un perjuicio grave o innecesario al demandado así como sobre lo que valora como menos gravoso para el contribuyente”, y que “no resultan suficientes para rechazar la traba del embargo general de fondos y valores mediante el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ)”. La Cámara entendió que la resolución impugnada afectaba la percepción de renta pública y que, en los hechos, no se acreditó que el bien garantice insuficientemente el crédito fiscal. La decisión fue adoptada por mayoría, revocando la sentencia y ordenando un nuevo pronunciamiento en la instancia de grado, en línea con la doctrina mayoritaria del Tribunal en la materia.
- Fundamentación adicional: La jueza Ruiz sostuvo que la queja carece de fundamentación suficiente, mientras que el juez Lozano manifestó que la decisión de grado no es equiparable a una decisión definitiva y que, en su opinión, la resolución impugnada no afecta el sistema de garantía del cobro del tributo, por lo que la cuestión no sería de orden constitucional. Sin embargo, la mayoría del Tribunal consideró que la resolución recurrida afecta derechos constitucionales y que la denegatoria fue arbitraria, por lo que procedió a revocar la decisión y a remitir las actuaciones para una nueva resolución.

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