GCBA c/ Valot SA s/ ej. fisc. - ing. brutos convenio multilateral (reservado) s/ recurso de inconstitucionalidad concedido
El Tribunal deniega el recurso extraordinario presentado por Valot S.A. por no configurar una cuestión federal que justifique la competencia de la Corte, y confirma la decisión respecto a la imposición de costas.
- Quién demanda: Valot S.A.
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario federal contra una sentencia del 29 de marzo de 2023, por la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
Se deniega el recurso extraordinario, confirmando la decisión de la instancia anterior con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1. El recurso satisface requisitos formales pero no plantea una cuestión que suscite la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en términos del art. 14 de la ley nº 48. La mención genérica de disposiciones constitucionales no basta para configurar una cuestión federal, pues se requiere una relación fundada y concreta con lo decidido, que no se verifica en este caso.
2. La imposición de costas es una cuestión fáctica y procesal, ajena al recurso extraordinario, y la simple referencia a derechos constitucionales no es suficiente para abrir la vía federal.
3. La doctrina del Tribunal y la jurisprudencia establecen que la alegación de arbitrariedad no corresponde a este nivel del recurso, salvo casos excepcionales de deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo. La decisión de imponer costas no presenta vicios de arbitrariedad.
4. En consecuencia, corresponde denegar el recurso con costas según el art. 68 del CPCCN, confirmando la sentencia de primera instancia.
- La jueza Alicia E. C. Ruiz coincide en que el recurso debe ser rechazado por no demostrar que el fallo impugnado esté fundado en una cuestión federal, y que la simple mención de normas constitucionales no genera una cuestión federal en los términos del art. 14 de la ley nº 48.
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