GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MAIPLAS SA CONTRA GCBA y otros SOBRE OTRAS DEMANDAS CONTRA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria de recursos de inconstitucionalidad en acciones de amparo ambiental, confirmando que los agravios no configuran un caso constitucional ni arbitrariedad en las decisiones judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente involucra un recurso de queja interpuesto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contra las decisiones de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo, que rechazaron sus recursos de inconstitucionalidad en causas de amparo ambiental promovidas por Claudia Heras, Virginia Flores y María Soledad Barruti, relacionadas con la protección del arbolado urbano y la suspensión de actividades de poda y tala en la Ciudad. La acción de amparo fue promovida por Heras para que cesaran acciones que dañaron árboles y afectaron el ambiente, y en algunos casos, se dictaron medidas cautelares que suspendieron actividades de poda y tala, con excepciones en casos de emergencia por seguridad pública. La sentencia de primera instancia, confirmada por la Cámara, ordenó a la administración implementar sistemas informáticos de gestión y control del arbolado, publicar planes y censos, y establecer pautas técnicas, suspendiendo actividades de poda y tala salvo en casos de emergencia justificada. La Cámara de Apelaciones rechazó los recursos de inconstitucionalidad del GCBA, argumentando que los agravios remitían a cuestiones de hecho, prueba y valoración de la prueba, y que no se demostraba relación directa con cláusulas constitucionales invocadas. La Sala I del Tribunal Superior de Justicia, en su análisis, concluyó que los agravios del GCBA no lograron demostrar la existencia de un caso constitucional ni arbitrariedad en la sentencia, además de que sus quejas fueron consideradas genéricas y carentes de fundamentación suficiente. La mayoría de los jueces rechazó las quejas, reiterando que la discusión no involucraba cuestiones constitucionales sustantivas, sino interpretaciones de normas de derecho infraconstitucional y cuestiones de hecho y prueba, ajenas a la competencia de esta instancia. La decisión fue tomada por mayoría, con el voto de los jueces Ruiz, De Langhe, Weinberg y Lozano (quien expresó que no suscribía por encontrarse en licencia).
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