INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS NN, ALEX SOBRE 131 - CONTACTAR MENOR DE EDAD POR INTERMEDIO DE TECNOLOGIAS PARA COMETER DELITOS DE INTEGRIDAD SEXUAL Y OTROS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5 en causa por contacto con menor de edad mediante tecnologías para cometer delitos de integridad sexual y extorsión. La decisión se basa en la interpretación del precedente Bazán y en el análisis de la naturaleza del delito, considerando amenazas coactivas y delitos contra la integridad sexual.
¿Quién es el actor?
La justicia ante la denuncia de la víctima por contacto con menor de edad a través de WhatsApp.
¿A quién se demanda?
Persona no identificada que se presentó como "Alex" y envió material y amenazas.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa por hechos que incluyen amenazas, extorsión y delitos vinculados a la integridad sexual.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5, en atención a la jurisprudencia del precedente "Bazán" y al criterio del Fiscal General Adjunto, quien sostuvo que los hechos configuraban amenazas coactivas y delitos contra la integridad sexual, en un análisis integral del conjunto de conductas denunciadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Ruiz destacó que, según el precedente "Bazán", cuando existe conflicto de competencia entre magistrados de la Ciudad de Buenos Aires, debe ser el Tribunal Superior quien decida. La fiscalía propuso que los hechos, en su conjunto, encuadran en amenazas coactivas, y no en extorsión, por lo que la competencia correspondía a la justicia nacional, dado que los delitos involucrados tienen una naturaleza que trasciende la competencia local y se relacionan con delitos de competencia federal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: