AVARIA CABELLO, MARÍA ELENA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AVARIA CABELLO, Maria Elena CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - AMPARO - HABITACIONALES
La Cámara de Apelaciones rechazó la queja por extemporaneidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Fiaz S.A. Inmobiliaria, confirmando la inadmisibilidad por incumplimiento de los plazos legales. La resolución se fundamenta en la análisis del tiempo transcurrido desde la notificación y los plazos establecidos en las leyes 2145 y 402.
¿Quién es el actor?
Fiaz S.A. Inmobiliaria, en su carácter de presidente, actúa en un amparo contra el GCBA.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Solicitud de exención del pago del tributo de Alumbrado, Barrido y Limpieza respecto a un inmueble en Cerrito 512 y Lavalle 1101/1115, en virtud de la ley nº 4103 y normas tributarias.
- Decisión del tribunal: La Cámara rechazó el recurso de inconstitucionalidad por extemporáneo, ya que fue interpuesto fuera del plazo legal de 5 días hábiles, notificándose la sentencia el 27/12/2022 y el recurso presentado el 9/2/2023.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución se fundamenta en que “en el marco de un proceso de amparo el plazo para la interposición del recurso intentado es de cinco (5) días (conf. arts. 28, Ley N° 402 y 23 de la Ley N° 2145, t.c. ley N° 6.588)”, y que la parte actora no alegó razones que justifiquen la presentación tardía. Además, se señaló que la recurrencia no se hizo cargo de las razones de la inadmisibilidad expresadas en la resolución de la Cámara. El fallo concluye que “corresponde rechazar la queja articulada por la parte actora dado que el recurso de inconstitucionalidad que pretende defender fue deducido sin cumplir los requisitos que establecen los artículos 23 de la ley 2145 y 28 de la ley 402”.
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