GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BONNESSERRE, BEATRIZ LIDIA CONTRA GCBA SOBRE COBRO DE PESOS
La Sala III del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad, afirmando que la misma no logra demostrar un apartamiento palmario de la sentencia definitiva ni una vulneración constitucional que habilite su revisión.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en su carácter de órgano que resolvió la queja)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad respecto de una sentencia que declaró desierta la apelación del GCBA, alegando vulneraciones al debido proceso, igualdad, propiedad y legalidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la queja del GCBA por inadmisibilidad, dado que no logró demostrar que la resolución en crisis constituya un apartamiento palmario de una sentencia definitiva ni que existan motivos constitucionales fundados para su revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala III sostuvo que la decisión de la Cámara que declaró desierta la apelación no es equiparable a una sentencia definitiva, sino una resolución interlocutoria, y que las cuestiones planteadas por el GCBA remiten a hechos y derechos procesales ajenos a la competencia del recurso de inconstitucionalidad. La jurisprudencia del Tribunal establece que para que prospere una queja por vía de inconstitucionalidad, el recurrente debe presentar un planteo fundado que demuestre un apartamiento de gravedad extrema, lo cual no ocurrió en el presente caso. La simple invocación de derechos constitucionales sin un análisis fundado y concreto es insuficiente. Además, se reitera que las decisiones que no son definitivas no habilitan la vía del recurso de inconstitucionalidad. La denegatoria del recurso de apelación no constituye en sí misma una decisión definitiva susceptible de revisión constitucional. La jueza Inés M. Weinberg resaltó que la queja no logra demostrar que la resolución cuestionada sea un apartamiento palmario o una vulneración constitucional y que las cuestiones planteadas remiten a hechos y derechos procesales ajenos a la competencia del Tribunal. La jueza Alicia E. C. Ruiz afirmó que la queja carece de una crítica suficiente y que las manifestaciones del GCBA son genéricas, sin articular argumentos fundados que demuestren la arbitrariedad. El juez Luis F. Lozano coincidió en que la queja no rebate el auto denegatorio y no explica por qué la resolución sería un apartamiento palmario. El juez Santiago Otamendi concluyó que la resolución de la Cámara que declaró desierta la apelación no es equiparable a una sentencia definitiva y que el GCBA no ha demostrado que exista un apartamiento palmario para habilitar su revisión constitucional. Recomendaciones: La jurisprudencia del Tribunal
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