ROSAS, ELSA NELIDA Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROSAS ELSA NELIDA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)
La Sala rechaza la queja de Ricardo Damonte contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad en la causa de ejecución fiscal contra Rodrigo Andrés Vallejos. La decisión se fundamenta en que la regulación de honorarios fue argumentada y no refleja arbitrariedad ni violación constitucional.
¿Quién es el actor?
Ricardo Damonte.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) y Rodrigo Andrés Vallejos.
- Objeto de la demanda: Queja por resolución interlocutoria que denegó su recurso de inconstitucionalidad, referente a la regulación de honorarios profesionales en la ejecución fiscal.
- Decisión del tribunal: La queja debe ser rechazada, ya que no surge un caso constitucional ni arbitrariedad en la decisión de la Cámara. La regulación de honorarios, aunque puede discutirse, fue fundamentada de modo explícito y circunstanciado, respetando los límites legales y doctrinales, y las cuestiones relativas a honorarios son ajenas a la jurisdicción del recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal ha dicho reiteradamente que lo atinente a la regulación de honorarios devengados en las instancias ordinarias es —como regla— materia ajena al ámbito del recurso de inconstitucionalidad local, toda vez que involucra cuestiones de orden fáctico y procesal propias de los jueces de la causa." "El tribunal destaca que la regulación de honorarios en el presente caso contiene 'el fundamento explícito y circunstanciado de las razones que justifiquen la decisión', en cumplimiento de la normativa aplicable." "Asimismo, la discrepancia del actor con la valoración de hechos y la interpretación normativa constituye una cuestión que pertenece a las instancias de mérito, ajena a este recurso extraordinario." "Por otra parte, la decisión de la Cámara, aunque pueda considerarse incorrecta, no presenta un acto jurisdiccional insostenible ni arbitrariedad que justifique su revisión en esta vía." "El recurso de queja, en consecuencia, no demuestra la existencia de un caso constitucional ni de arbitrariedad, por lo que debe ser rechazado."
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