ARMELLA, JORGE ENRIQUE GABRIEL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS ARMELLA, JORGE ENRIQUE GABRIEL SOBRE 248 - ABUSO DE AUTORIDAD E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires revoca la nulidad de actuaciones por acto del auxiliar fiscal sin supervisión del fiscal titular y reenvía el caso para nuevo pronunciamiento. La resolución impugnada violaba la normativa y el principio de legalidad, configurando una cuestión constitucional.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía de Cámara Sur
¿A quién se demanda?
La Sala I de la Cámara del Tribunal Superior de Justicia
- Objeto de la demanda: Impugnar la nulidad de todo lo actuado por el auxiliar fiscal en un proceso penal por conducción con mayor cantidad de alcohol en sangre del permitido o bajo los efectos de estupefacientes, por entender que la resolución que declaró la nulidad fue arbitraria y vulneró derechos constitucionales.
- Decisión del tribunal: Hace lugar al recurso de inconstitucionalidad, revoca la resolución que declaró la nulidad y ordena reenvío del expediente para que otros jueces se expidan respecto del recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución impugnada consideraba que el auxiliar fiscal actuó sin la supervisión del fiscal titular, en contravención a la normativa que regula la dependencia jerárquica del auxiliar. La fiscalía argumentaba que la supervisión del auxiliar no implica vigilancia física sino control institucional y jerárquico, y que la resolución afectaba la validez del acto procesal sin que exista una norma que lo prohíba expresamente. La Cámara consideró que la resolución era equiparable a una sentencia definitiva, por afectar la actividad del Ministerio Público Fiscal y por la trascendencia institucional de la cuestión. El Tribunal concluyó que la resolución impugnada invadía la competencia del Ministerio Público Fiscal y vulneraba derechos constitucionales, configurando una cuestión de inconstitucionalidad que ameritaba su revisión y revocación. Se remite el caso para que otros jueces se expidan respecto del recurso de apelación interpuesto, garantizando así el control judicial de la legalidad del acto.
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