LUPARELLO, MARIANO GASTON s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LUPARELLO, MARIANO GASTON CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires admitió parcialmente la queja del GCBA y sostuvo que la resolución de la Cámara que declaró desierto el recurso de apelación no excedía sus facultades, ordenando un nuevo pronunciamiento sobre la indemnización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora es el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), que impugna una sentencia que confirmó una condena a su favor.
- La demanda originaria fue presentada por Hugo Norberto Mei, quien reclamaba reincorporación laboral, pago de salarios atrasados, indemnización por daños psíquicos y daños patrimoniales, tras alegar acoso laboral y modificaciones ilegales en sus tareas.
- La sentencia de primera instancia condenó al GCBA a reasignar tareas en condiciones similares y a pagar una suma de aproximadamente 947.765 pesos, además de intereses. La Cámara de Apelaciones amplió el monto indemnizatorio y rechazó parcialmente el recurso del GCBA en relación a la reasignación, pero declaró desierto el recurso de apelación del GCBA por no haber presentado argumentos específicos contra esa decisión.
- La Cámara sostuvo que la decisión de declarar desierto el recurso no excedía sus facultades y que no resultaba arbitraria, ya que no se evidenciaba un error de gravedad extrema en la sentencia.
- El GCBA argumentó que la sentencia era arbitraria, vulneraba derechos constitucionales y que la declaración de deserción impedía su derecho a revisión, pero el Tribunal Superior de Justicia consideró que su queja carecía de fundamentación suficiente, ya que no controvirtió específicamente las razones de la decisión de la Cámara y no demostró que existieran agravios constitucionales.
- El Tribunal, por mayoría, admitió parcialmente la queja, revocó la sentencia y ordenó que se dicte una nueva resolución sobre la procedencia de la indemnización, en atención a la correcta identificación de los daños y su cuantificación diferenciada, garantizando el derecho de defensa y el control judicial.
- La sentencia enfatizó que los agravios genéricos y la falta de crítica específica a la resolución de la Cámara no habilitan la revisión constitucional y que la declaración de deserción no fue arbitraria, pero sí se consideró que la valoración de la indemnización debía realizarse en un nuevo pronunciamiento con mayor precisión en los rubros indemnizatorios.
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