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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GCBA CONTRA FERRER IVAN AUGUSTO SOBRE OTROS PROCESOS INCIDENTALES - EJ.FISC. - ING.BRUTOS CONVENIO MULTILATERAL

La queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por falta de fundamentación suficiente; los jueces consideraron que la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo no resulta arbitraria ni afectó derechos constitucionales fundamentales.

Fundamentacion del recurso Sentencia definitiva Ejecucion fiscal Falta de fundamentacion Domicilio fiscal Excepcion de inhabilidad de titulo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Iván Augusto Ferrer
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad respecto a la ejecución fiscal por deuda en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Decisión del tribunal: La queja fue rechazada por la falta de crítica suficiente del auto denegatorio, considerando que el fallo en cuestión no presenta arbitrariedad ni vulnera derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las juezas Weinberg y De Langhe señalaron que la queja fue interpuesta en tiempo y forma, pero carece de crítica suficiente del auto denegatorio, por lo que no puede prosperar. Explicaron que, conforme a la doctrina del tribunal, las sentencias en juicios de ejecución fiscal no son en principio definitivas, salvo en casos donde la deuda no puede ser reclamada en un proceso posterior por prescripción. Asimismo, destacaron que la sentencia de la Cámara revocó la decisión de primera instancia por no haberse cumplido con los requisitos formales para la emisión de la boleta de deuda, y que la parte actora no aportó elementos que demostraran arbitrariedad o violación de derechos constitucionales. La jurisprudencia reiterada indica que la tacha de arbitrariedad requiere una gravedad extrema, lo cual no se verifica en este caso. La jueza Ruiz agregó que la queja no tiene crítica suficiente y que la sentencia de la Cámara no resulta arbitraria, pues se fundamentó en la falta de cumplimiento de requisitos formales. El juez Otamendi coincidió en que no se demostró que la decisión afectara derechos constitucionales o produjera un gravamen irreparable, por lo que la queja fue rechazada en línea con la doctrina del tribunal.

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