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INCIDENTE DE INHIBITORIA EN AUTOS DIRECCION DE SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL SOBRE HABEAS CORPUS

La sentencia declara la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para continuar interviniendo en el incidente de inhibitoria en autos Dirección de Servicio Penitenciario Federal sobre Habeas Corpus. La decisión se basa en la jurisprudencia y en razones de eficiencia procesal, confirmando la competencia de la justicia local en conflicto de competencia entre fueros

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¿Quién es el actor?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 41 y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
- Objeto de la demanda: Resolución del conflicto de competencia por el incidente inhibitorio en autos relacionados con habeas corpus sobre condiciones de detención y responsabilidad por la agravación de dichas condiciones, en el contexto de procedimientos vinculados a la situación de personas privadas de libertad en la Ciudad y en el ámbito federal
- Decisión del tribunal: Se declara competente la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para continuar con la tramitación del expediente, rechazando la contienda de competencia y remitiendo las actuaciones al juzgado local, considerando la naturaleza del objeto, la historia procesal y la jurisprudencia aplicable, en especial el precedente "Bazán" (Fallos: 342:509)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces Inés M. Weinberg, Santiago Otamendi, Luis Francisco Lozano y Marcela De Langhe dijeron: Sin perjuicio de las particularidades de la traba de la contienda, por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto referidos en el punto 7 del apartado “Resulta”, a los que remitimos por razones de brevedad, corresponde declarar la competencia de la justicia de la Ciudad para que continúe interviniendo el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3 en la totalidad de las actuaciones." "De conformidad con los argumentos expuestos por el Fiscal General Adjunto referidos en el punto 7 del apartado “Resulta”, a los que por razones de brevedad me remito, corresponde declarar la competencia de la justicia de la Ciudad para que continúe interviniendo el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3 en la totalidad de las actuaciones." "El Tribunal Superior de Justicia, en consonancia con la jurisprudencia y los precedentes, concluye que la causa debe seguir tramitándose en la justicia local, dado que el objeto de la acción de habeas corpus tiene un vínculo directo con la infraestructura y condiciones de detención en la Ciudad Autónoma, y que la existencia de un conflicto de competencia debe resolverse a favor de la justicia local, en línea con las consideraciones del precedente 'Bazán' y la normativa vigente."

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