GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en STEEMAN, GABRIELA INES CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza el recurso de inconstitucionalidad promovido por el GCBA contra una resolución que aplicaba una tasa de interés distinta a la prevista en la normativa local, considerando que la modificación resulta razonable para resguardar el valor del dinero frente a la inflación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, La Meridional Cía. Arg. de Seguros SA, demandó a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA solicitando la nulidad de varias resoluciones relacionadas con liquidaciones y determinaciones de impuestos, y cuestionó la tasa de interés aplicada en las devoluciones y repeticiones de saldos a favor, por considerar que la normativa local (resolución n° 4151/GCABA/SHyF/2003) establecía una tasa insuficiente frente a la proceso inflacionario. La sentencia de grado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la devolución de sumas abonadas por la actora, y rechazó la inconstitucionalidad de la normativa sobre intereses, aplicando la tasa del plenario "Eiben" que refleja la inflación. La Cámara de Apelaciones confirmó esta decisión, pero el GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad, que fue parcialmente concedido por el tribunal superior, limitando la aplicación de la tasa a la prevista en el plenario "Eiben". La Cámara también declaró desierta la queja del GCBA por extemporaneidad. El tribunal superior, en instancia de revisión, rechazó el recurso del GCBA por considerar que la modificación de la tasa de interés en favor de la actora responde a una interpretación razonable y fundada, que busca evitar la pérdida del valor del capital por la inflación, y que la queja por extemporaneidad también debe ser rechazada. Fundamentos principales: El tribunal concluyó que la modificación de la tasa de interés a la prevista en el plenario "Eiben" se funda en la necesidad de resguardar el valor del dinero en contexto inflacionario, y que la decisión de la Cámara de aplicar dicha tasa es una interpretación razonable y fundada. La sentencia destacó que la normativa cuestionada, aunque fue objeto de debate constitucional, no viola derechos ni principios constitucionales, sino que constituye una interpretación ajustada a las circunstancias económicas del país. Además, se rechazó la queja del GCBA por extemporaneidad, por considerar que la presentación fue presentada fuera de plazo, en línea con la jurisprudencia del tribunal. Se precisó que la resolución de la Cámara, en línea con precedentes de esta jurisdicción, se ajusta a la seguridad jurídica y la correcta interpretación del marco normativo.
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