GCBA CONTRA CIVALE, NILDA R. SOBRE EJECUCION FISCAL - ABL - PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió mantener la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 25 en una causa por lesiones leves y violencia de género, rechazando la declinación de competencia de los jueces locales y nacionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La justicia local y nacional en autos "Muñoz, Eduardo Andrés sobre lesiones leves".
Demandado: Eduardo Andrés Muñoz.
Objeto de la demanda: Cuestión de competencia para entender en la causa por hechos de violencia de género, lesiones leves y amenazas.
Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 25, en atención a la conexión de los hechos y la eficiencia del servicio de justicia local.
Fundamentos principales:
- Los jueces afirmaron que "haciendo primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente que atienda al grado de conocimiento e intervención desplegado por los órganos locales y a la estrecha conexión existente entre los hechos cometidos en un contexto de violencia de género, corresponde mantener la intervención del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 25".
- Además, señalaron que "la calificación legal que en definitiva puedan recibir los hechos no obsta a lo afirmado precedentemente. Ello así puesto que, en todo caso, la imputación puede ser ampliada incluso hasta el debate y, eventualmente, en la sentencia el juez está facultado a darle a los hechos una calificación distinta a la contenida en la acusación, sin que sea necesario en ninguno de esos supuestos expedirse nuevamente sobre la competencia ya atribuida por este Tribunal".
- La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que "la declaración de incompetencia dispuesta por el juez a cargo del juzgado local resulta prematura", y que "corresponde declarar la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 25".
- La resolución se fundamentó en la necesidad de una respuesta judicial rápida y efectiva en un contexto de violencia de género, priorizando los vínculos y hechos denunciados en el ámbito local.
- La sentencia también remarcó que "el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en línea con los precedentes, tiene la competencia para dirimir estos conflictos".
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