INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS GVH SOBRE 89 - LESIONES LEVES Y OTROS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La Cámara de Apelaciones confirmó la nulidad de medidas probatorias por violación del derecho a la intimidad, manteniendo la decisión de la jueza de primera instancia. El tribunal sostuvo que las pruebas obtenidas sin orden judicial vulneraron garantías constitucionales y tratados internacionales.
Actor: Ministerio Público
- Fiscalía de Cámara Norte
Demandado: Mauro Ezequiel Callata y otros
Objeto: Revisión de la legalidad de las medidas probatorias ordenadas y la validez de la prueba obtenida sin autorización judicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de inconstitucionalidad y confirmó la nulidad de las medidas probatorias, por considerar que vulneraron derechos constitucionales y tratados internacionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamentó que la obtención de información personal almacenada, como datos de celdas de conexión, geolocalización y registros SUBE, requiere orden judicial previa, en virtud del art. 13.8 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que la utilización de estas pruebas sin esa autorización implica vulneración del derecho a la intimidad, protegido por la Constitución Nacional, los tratados internacionales y la normativa local. La Cámara criticó la interpretación del precedente “Carpenter” de la Corte Suprema de EE. UU., señalando que no es aplicable por tratarse de un estándar que requiere orden judicial, y que la ley local y la Constitución no admiten excepciones sin intervención judicial previa. Asimismo, enfatizó que las nulidades deben ser declaradas de oficio cuando vulneran garantías constitucionales, y que en el caso las medidas probatorias fueron ilegítimas y nulas, afectando la validez del proceso.
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