GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SCARAMUZZA, Marcela CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo denegó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Ecohabitat SA y otra — Unión Transitoria de Empresas contra la resolución que impuso una multa por infracciones en el servicio de higiene urbana, y el Tribunal Superior de Justicia confirmó dicha denegación por considerar que la queja no logra poner en crisis la resolución ni demostrar vulneraciones constitucionales directas.
- Quién demanda: Ecohabitat SA y otra — Unión Transitoria de Empresas.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de nulidad de la resolución 370/21, que impuso una multa de $457.048,80 por infracciones en el servicio de barrido y limpieza de calles durante diciembre de 2019, alegando que no fue notificada oportunamente y que no se respetó el derecho de defensa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó el recurso directo, considerando que la queja no planteó una cuestión constitucional que amerite revisión por parte del Tribunal Superior, y que la resolución atacada se fundamentó en interpretación de hechos y normas infraconstitucionales, sin arbitrariedad. La denegación del recurso fue confirmada por el Tribunal, que sostuvo que la queja no cumplió con los requisitos de fundamentación y que no se evidenció vulneración constitucional alguna.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces señalaron que la queja no logra poner en crisis la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad, ya que no controvirtió las interpretaciones de hechos, prueba y normas infraconstitucionales realizadas por la Cámara. La doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta y solo aplica en casos de deficiencias lógicas o ausencia total de fundamento, lo cual no ocurrió en este caso. La alegación de vulneración de derechos constitucionales no está directamente relacionada con la resolución impugnada, y la queja no presenta una crítica concreta y fundada del auto denegatorio, incumpliendo requisitos legales. La revisión del acto administrativo por vía de inconstitucionalidad requiere una crítica precisa y fundamentada, que en este caso no fue presentada. La sentencia de la Cámara no presenta arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales, por lo que la queja fue rechazada.
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