Logo

GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GIL, ANGEL RICARDO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE OTRAS DEMANDAS CONTRA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA

La sentencia del Tribunal resolvió el recurso de aclaratoria presentado por Industrias Metalúrgicas Pescarmona SAICYF Martin y Martin SA contra la regulación de honorarios en un caso de tareas profesionales relacionadas con un recurso extraordinario federal. La decisión confirmó el rechazo del pedido, aclarando que las regulaciones fueron realizadas en función de las tareas y roles específicos de cada abogado, y no constituyen una duplicación.

Fundamentacion del recurso Planteo de inconstitucionalidad Sentencia definitiva Falta de fundamentacion Excepciones procesales Matafuegos Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Continuacion del proceso judicial


- Quién demanda: Industrias Metalúrgicas Pescarmona SAICYF Martin y Martin SA

¿A quién se demanda?

Tribunal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aclaración respecto a si la regulación de honorarios del abogado Nicolás Sergio Pidre sería complementaria de la anterior regulación a favor del abogado Agustín Peluso, en virtud del artículo 15 de la ley 5134

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de aclaratoria, confirmando que las regulaciones se realizaron en función de las tareas específicas y roles de cada abogado, sin duplicación ni carácter complementario. La diferencia en montos se atribuye al tiempo transcurrido y la actualización de la UMA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 15 de la ley 5134 establece: 'Cuando en el juicio intervenga más de un abogado o procurador por una misma parte se considerará a los efectos arancelarios como un solo patrocinio o representación y se regularán los honorarios individualmente en proporción a la tarea cumplida por cada uno y a la importancia jurídica de las respectivas actuaciones.' En este caso, los abogados no actuaron como apoderados de la misma parte en la misma tarea. Peluso ejerció patrocinio en la contestación del recurso y se le reguló en 20 UMA, mientras que Pidre actuó como apoderado del Ente y se le reguló en 10 UMA, en virtud de su rol y tareas específicas. La diferencia en los montos no implica duplicación, sino que responde a las tareas diferenciadas y a la actualización de la UMA en el período. La regulación es coherente con la normativa aplicable y no hay error ni confusión que justifique la aclaratoria."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar