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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del Ministerio Público Fiscal contra la decisión de conceder prisión domiciliaria en un caso de infracción a la ley de estupefacientes. La sentencia argumenta que los jueces valoraron adecuadamente las circunstancias del caso y no incurrieron en arbitrariedad ni vulneraron principios constitucionales.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal de Cámara de la Unidad Fiscal Sur)

¿A quién se demanda?

Tribunal de la Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Objetos de la demanda: Impugnar la decisión que confirmó la otorgación de prisión domiciliaria a PEC, en un contexto de sobrepoblación carcelaria y en base a circunstancias concretas del caso.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechaza la queja, confirmando que los jueces valoraron correctamente las circunstancias del caso, y que no existió arbitrariedad ni violación de principios constitucionales. La resolución se fundamentó en la situación familiar, comportamiento procesal, sobrepoblación penitenciaria y principios constitucionales de dignidad y proporcionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces explicaron que, aunque la situación de PEC no encuadraba en los supuestos de excepción previstos en la ley, consideraron que la prisión domiciliaria era la forma más adecuada para el cumplimiento de la pena, atendiendo a su situación personal, familiar y al contexto de sobrepoblación penitenciaria. La valoración fue integral y basada en elementos concretos, sin que la fiscalía haya logrado demostrar que la decisión fue arbitraria o que vulneró principios constitucionales." "Asimismo, la valoración de la emergencia carcelaria y la situación concreta de sobrepoblación fue considerada por los jueces como un elemento que justificaba la aplicación de medidas alternativas, en línea con principios constitucionales y derechos humanos, y no como una excusa para incumplir la ley." "El Tribunal concluye que los jueces no incurrieron en desvío de poder ni en arbitrariedad, y que la decisión fue razonada y ajustada a derecho, por lo que corresponde confirmar la resolución en todos sus términos."

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