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METROVIAS SA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara denegó el recurso de inconstitucionalidad e informó que la queja no cumple con los requisitos legales y no presenta una crítica concreta que justifique su admisión. La sentencia fue fundada en que las cuestiones tratadas son de hecho y prueba, y no constitucionales, por lo que corresponde rechazar la queja.

Costas Recurso extraordinario federal Imposicion de costas Costas en el orden causado Autosuficiencia del recurso Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Falta de copias


¿Quién es el actor?

Marianela Teresa Riccardi y Juan Pablo Riccardi

¿A quién se demanda?

GCBA y otros (Responsabilidad médica)
- Objeto de la demanda: Cuestionar la decisión de la Cámara que confirmó el rechazo de la demanda por no probarse nexo causal y negligencia en atención médica, y la denegación del recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo denegó la queja por no presentar una crítica suficiente y sustancial respecto del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad. La sentencia fundamentó que las cuestiones son de hecho y prueba, sin relación directa con cuestiones constitucionales, y que la queja no cumple los requisitos formales y sustantivos para su admisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja no rebate el auto denegatorio, ni muestra que la decisión sea insostenible. La valoración de prueba desglosada no implica arbitrariedad, ya que la decisión también se apoya en otros argumentos y constancias que no fueron controvertidos. La parte actora no especificó en qué consistía el error de interpretación atribuido a la magistrada ni qué prueba habría impuesto concluir en distinta decisión. La acción fue declarada prescripta respecto de Juan Pablo Riccardi, cuestión que quedó firme y no fue cuestionada. La presentación no supera el nivel de discrepancia, no cumple con el requisito de crítica concreta y fundamentada del auto denegatorio. La Cámara actuó en ejercicio de su función, sin arbitrariedad, y la queja no cumple los requisitos del artículo 33 de la ley 402. La decisión está fundada en que las cuestiones son de hecho y prueba, y no constitucionales, y que la queja no satisface los requisitos legales.

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