MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE CÁMARA NORTE DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS MARTINEZ LOREIRO, BRIAN WASHINGTON SOBRE 296 - USO DE DOCUMENTO O CERTIFICADO FALSO O ADULTERADO
La Sala rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la absolución de Martínez Loreiro, confirmando la valoración de la cadena de custodia y la interpretación de las pruebas, concluyendo que no existió arbitrariedad ni vulneración constitucional.
- Quién demanda: Ministerio Público
- Fiscalía de Cámara Norte
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Sala IV)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la sentencia que absolvió a Martínez Loreiro, por considerar que la valoración de la prueba fue arbitraria y que la decisión vulneró garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Sala rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara, considerando que la valoración de las pruebas y la fundamentación del fallo eran razonables y no configuraron una arbitrariedad ni una vulneración constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría señaló que la queja no planteaba un verdadero caso de constitucionalidad ni arbitrariedad, sino una discrepancia en la valoración de la prueba, que no configura un supuesto de revisión extraordinaria. Sostuvieron que la valoración de la cadena de custodia y la autenticidad del documento fue razonada, y que la fiscalía no logró demostrar que la decisión judicial fuera irrazonable o arbitraria. La resolución impugnada fue considerada motivada y basada en constancias probatorias, por lo que no cabe acudir a la vía de inconstitucionalidad por mera disconformidad con la valoración de la prueba. La disidencia de la jueza Ruiz consideró que la resolución de la Cámara carecía de fundamentación suficiente respecto de la valoración probatoria, y que la resolución era susceptible de revisión por vía constitucional. El disidente Otamendi sostuvo que existía arbitrariedad en la valoración y que la sentencia debía ser revocada, ya que la decisión vulneraba garantías constitucionales y la valoración probatoria fue irracional.
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