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PETERSEN, PEDRO OSCAR c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la actualización de haberes previsionales mediante fórmula que combina IPC y RIPTE, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022, por considerar que la fórmula aplicada viola la garantía de movilidad previsional y el principio de progresividad.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Derecho previsional Poder adquisitivo Movilidad jubilatoria Garantia constitucional Argentina Sociales y culturales Formula de ajuste Decreto 274/2024 Pacto internacional de derechos economicos


¿Quién es el actor?

Pedro Oscar Petersen

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reclamación de reajuste de su beneficio previsional, en particular, la actualización de los haberes según la fórmula establecida por la ley 27.609 y la devolución de diferencias no pagadas desde diciembre de 2020.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que actualice los haberes previsionales del actor desde marzo de 2022 en adelante, aplicando una fórmula combinada del 50% IPC y 50% RIPTE, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 por afectar el derecho a la movilidad previsional, por lo que dispuso la retroactividad de la actualización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que la movilidad previsional es una garantía constitucional que requiere que la fórmula de ajuste sea razonable y proporcional, y que la fórmula aplicada por la ley 27.609, basada en índices que no reflejaban adecuadamente la inflación y la variación de salarios, generó una depreciación progresiva de los haberes, violando dichos principios. Además, consideró que la política legislativa debe respetar los límites constitucionales y que la fórmula elegida no cumplió con los estándares de razonabilidad y proporcionalidad. La jurisprudencia de la CSJN ha establecido que la movilidad debe guardar relación con la realidad económica y que la ley debe garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo, lo cual no ocurrió en este caso. La declaración de inconstitucionalidad se extiende a partir de 2022, año en que se evidenció el mayor deterioro de los haberes.

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