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PFROETZSCHNER, MONICA ROSA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, ordenando la actualización de haberes previsionales en base a una fórmula mixta, y rechazó la constitucionalidad de la ley 27.426. La decisión se fundamenta en que la fórmula vigente no garantiza la movilidad ni la protección del poder adquisitivo, en violación del art. 14 bis de la CN y principios internacionales, y que el Congreso cumplió su rol legislativo en definir los parámetros de movilidad, sin que corresponda a la Justicia reemplazar esa decisión por una propia.


- Quién demanda: Mónica Rosa Froetzschner

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación del acto administrativo que regula la movilidad previsional y la actualización de su haber

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, ordenando la actualización de los haberes en base a una fórmula mixta con un 50% IPC y 50% RIPTE, desde 2022 y hasta marzo de 2024, y ordenó la integración del pago de diciembre de 2020 con la diferencia que correspondía por la ley 27.426. Además, confirmó la constitucionalidad de la ley 27.426 y rechazó la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. La sentencia señala que la movilidad previsional es una función del legislador, y que la fórmula actual no cumple con garantizar el poder adquisitivo ni el principio de progresividad. La jurisprudencia constitucional ha establecido que la Justicia no puede reemplazar la decisión legislativa sobre la fórmula de movilidad, pero puede revisar si esa fórmula respeta los límites constitucionales, lo que en este caso se concluye que no sucede con la ley 27.609, por lo que se declara su inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte y la jurisprudencia nacional han reiterado que la movilidad previsional es una garantía constitucional que requiere fórmulas razonables y proporcionales, y que las modificaciones legislativas deben respetar los principios de igualdad, progresividad y no regresividad. La fórmula legal en cuestión, basada en índices económicos y recaudatorios, ha probado ser irrazonable y perjudicial para los beneficiarios, generando una depreciación del poder adquisitivo del 97,29% en relación al IPC y del 66,18% en relación al RIPTE, desde 2021 hasta 2024. La ley 27.609, al no contemplar adecuadamente esta realidad, viola la garantía constitucional y los derechos internacionales, por lo que debe ser declarada inconstitucional. La solución propuesta es aplicar una fórmula mixta y proporcional, en partes iguales, por las variaciones del IPC y RIP

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