URUEÑA LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las normativas de actualización previsional y rechazó los agravios relacionados con la aplicación retroactiva de la ley 27.426, argumentando que la ley no viola derechos constitucionales, y que la actualización de haberes debe ajustarse a la legislación vigente en el momento del devengamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demanda la actualización de su prestación previsional, cuestionando la constitucionalidad de la ley 27.426 y el índice de actualización aplicado.
- La demandada, ANSES, sostiene que las leyes aplicadas, incluyendo la ley 27.426, son constitucionales y que la retroactividad de su aplicación no viola derechos constitucionales, ya que el derecho a la propiedad del beneficiario se perfecciona en el momento del devengamiento del derecho.
- La Sala analizó precedentes de la Corte Suprema y la doctrina constitucional, concluyendo que la ley 27.426, que modifica los índices de movilidad previsional, no viola la Constitución al aplicarse retroactivamente, pues la normativa se ajusta a los principios de legalidad y seguridad jurídica.
- La disidencia parcial de la jueza Cammarata expresó que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 tiene carácter regresivo y confiscatorio, afectando derechos adquiridos y vulnerando garantías constitucionales, por lo que consideró que la ley debía declararse inconstitucional en esa parte.
- La mayoría consideró que, en virtud del artículo 7 del Código Civil y Comercial, la aplicación retroactiva de la ley no afecta derechos constitucionalmente protegidos, ya que el derecho del beneficiario se perfecciona en el momento del devengamiento y no antes.
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