NOWICKI, NATASHA REBECA Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo revocó la resolución que ordenaba la ejecución forzada del crédito laboral por intereses, considerando que aún no vencieron los plazos legales para promover la ejecución y que el Estado debe garantizar la previsión presupuestaria correspondiente.
- Quién demanda: Natasha Rebeca Nowicki y otros
¿A quién se demanda?
Policía Federal Argentina (PFA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de intereses laborales por $1.680.669,16 y costas, mediante embargo bancario, en función de una sentencia que reconoció la deuda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la decisión de primera instancia y sostuvo que la actora no puede promover la ejecución forzada aún, debido a que no han vencido los plazos previstos en los artículos 22 de la ley 23.982 y 170 de la ley 11.672, en atención a la normativa y doctrina aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de la doctrina de la Corte Suprema, en el fallo 'Curti', los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación total del crédito, y la ejecución no puede iniciarse antes de que vencieran los plazos legales para la previsión presupuestaria. La sentencia definitiva condenó al Estado a pagar el capital y sus intereses hasta su cancelación, decisión que ya adquirió autoridad de cosa juzgada. La normativa presupuestaria establece que, en caso de insuficiencia de crédito, el Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para su inclusión en ejercicio siguiente, y la mera previsión presupuestaria no autoriza la ejecución anticipada. Por ello, la parte actora no se encuentra habilitada para promover la ejecución forzada en este momento, y corresponde revocar la resolución de primera instancia."
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