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FEOLA MARTIN HORACIO C/ YPF S.A. S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, validando la justicia y equidad del mismo. La homologación se fundó en que el pacto cumple con requisitos legales y no afecta derechos del trabajador ni orden público, estableciéndose además el pago de costas y honorarios profesionales.

Costas Acuerdo entre partes Honorarios profesionales Proceso laboral Despido Deposito judicial Argentina. Ley 14.967 Homologacion acuerdo conciliatorio Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, FEOLA MARTIN HORACIO, promovió un proceso por despido contra YPF S.A. El acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes fue presentado para su homologación en esta instancia. Los jueces consideraron que lo pactado libremente por las partes cumple con los requisitos legales necesarios para una justa composición de intereses, sin implicar renuncias a derechos del trabajador ni afectar disposiciones de orden público. La homologación se realizó en todos sus términos, estableciéndose el pago de costas a cargo de la demandada, con un depósito del 50% de la suma acordada, $110.000, en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. Además, se regulan honorarios profesionales y gastos de peritos, incluyendo las sumas de $10.000.000 por la conciliación, más recargos, y honorarios de profesionales y peritos según ley 14.967, con reglas específicas para pagos y justificación de honorarios y aportes. Se ordenó la apertura de cuenta judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y se establecieron pautas para la transferencia de fondos. La decisión se fundamentó en que “lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas”.

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