VIDELA DIEGO GASTON C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
Homologación de acuerdo conciliatorio en reclamo laboral por accidente de trabajo. El tribunal homologó el acuerdo entre las partes, validó la composición de intereses y ordenó los pagos, excluyendo a la actora del pago de la Tasa de Justicia. La decisión se fundamenta en la legalidad y equidad del acuerdo, garantizando derechos y obligaciones de ambas partes.
- Quién demanda: VIDELA DIEGO GASTON
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de un acuerdo transaccional alcanzado entre las partes en un proceso por reclamo laboral derivado de un accidente de trabajo, incluyendo el pago de costas y tasas judiciales.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio, confirmando que la composición de derechos e intereses es justa, y se ordenó a la demandada pagar la suma acordada en un plazo de cinco días, además de regular honorarios y costas. La homologación se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos legales, no vulnera derechos ni disposiciones de orden público, y satisface los intereses de las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." "El Tribunal, en ejercicio de sus facultades, homologó el acuerdo y dispuso la orden de pago, asegurando el cumplimiento efectivo mediante depósitos y acreditaciones en la cuenta bancaria de la actora y la demandada." "Asimismo, se regularon honorarios profesionales y periciales, ajustados a las normativas vigentes, y se establecieron los mecanismos para la justificación de los pagos y cumplimiento de aportes." No se registran votos disidentes o consideraciones particulares que alteren la decisión mayoritaria.
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