LAGUNA, ADELFA BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que reconoció a la actora el derecho a la pensión por fallecimiento del causante, considerando que la interpretación de la normativa no restringe el acceso a la prestación y que el porcentaje de aportes del causante permite calificarlo como aportante irregular con derecho, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema. La decisión sostiene que la interpretación de la norma debe ser amplia, reconociendo la proporcionalidad de aportes en casos de muerte antes de cumplir todos los requisitos para acceder a la jubilación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Adelfa Beatriz Laguna, demanda a ANSES por el reconocimiento del beneficio de pensión por fallecimiento de su cónyuge, Darío Cayetano Raposo.
- Se reclama que se considere la condición de aportante irregular con derecho, y que se reconozcan los aportes de servicios autónomos y en relación de dependencia.
- La sentencia de primera instancia dejó sin efecto la resolución administrativa y ordenó el pago del beneficio desde 2022, rechazando planteos de actualización monetaria y de inconstitucionalidad, y reservándose los honorarios.
- La demandada impugna la sentencia alegando que el causante era aportante irregular sin derecho, y cuestiona la aplicación del precedente “Makler, Simón” para los aportes autónomos.
- La Cámara analiza la normativa del decreto 460/99 y la jurisprudencia de la Corte Suprema, concluyendo que la interpretación debe ser amplia y proporcional, considerando que el causante aportó más del 50% del período requerido y que la normativa no debe restringir el acceso a la pensión en casos de fallecimiento antes de cumplir todos los requisitos.
- La Cámara confirma la sentencia de grado en cuanto a la procedencia del beneficio, rechazando la apelación de la demandada y manteniendo los fallos en todos sus términos, con costas a la demandada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: