GHIRALDO, ANTONIO JUAN c/ INDUSTRIAS BELLMOR S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo confirma la existencia de relación laboral entre Ghiraldo y la demandada, rechazando los planteos de la empleadora y ratificando la condena por despido y daños.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Antonio Ghiraldo contra Industrias Bellmor SA por despido y reconocimiento laboral. La sentencia de grado consideró acreditada la relación laboral, aplicando la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y rechazó los argumentos de la empleadora de que se trataba de una relación comercial. La Cámara analizó las pruebas, incluyendo testimonios de empleados y documentación, concluyendo que el actor prestó servicios en condiciones de dependencia y continuidad, en un puesto de Gerente de Ventas, en horario y lugar propios de una relación laboral, pese a la existencia de convenios y facturaciones como proveedor. La apelación de la empleadora fue rechazada, ratificando la decisión de que existió relación laboral y que el actor tiene derecho a las indemnizaciones y beneficios establecidos por la ley. También se ratificó la condena solidaria a los directivos Moreno y Bello por incumplimiento en la registración del vínculo. La Sala modificó el monto de condena a 2.000.510,10 pesos y confirmó la condena por daño moral en 150.000 pesos, además de costas y honorarios, en línea con la valoración de la prueba y los antecedentes probatorios.
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