OCAMPO, ANABELLA MARIEL c/ TEAM PEDRIATRICO S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la existencia del vínculo laboral y la responsabilidad solidaria del socio gerente, además de ratificar la procedencia de las indemnizaciones y rubros reclamados en la demanda, rechazando los agravios de las partes apelantes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda de Anabella Mariel Ocampo contra Team Pediátrico S.R.L. y Francisco Ricardo Follett, por despido. La Cámara analiza la prueba y sostiene que la relación laboral, presunta por el art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, fue debidamente acreditada mediante testimonios y elementos probatorios que demuestran la subordinación, control de horarios, organización y supervisión, desvirtuando los argumentos de la demandada. La prueba testimonial evidencia que la actora cumplía horarios, estaba organizada y controlada, y que existía coordinación y supervisión, por lo que se confirma la existencia del vínculo laboral. Además, se ratifica la responsabilidad solidaria del socio gerente por el incumplimiento de registrar la relación laboral, y la procedencia de las indemnizaciones adicionales, rechazando las argumentaciones sobre su naturaleza punitiva o su retroactividad. La decisión incluye el rechazo de los agravios y la confirmación de las costas y honorarios.
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