PARED, LEANDRO ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en relación a los accesorios de la condena y reguló los honorarios profesionales, confirmando en general la decisión previa pero ajustando aspectos relativos a la actualización del monto de condena y los honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandada interpuso recurso de apelación contra la decisión que revocó la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N° 10.
- La parte actora también apeló los honorarios regulados a su favor, por considerarlos bajos.
- La Cámara revisó los agravios relacionados con la actualización del monto de condena y la tasa de interés, basándose en antecedentes jurisprudenciales y constitucionales que cuestionan la constitucionalidad del nominalismo rígido y la utilización exclusiva de tasas bancarias para la recomposición del crédito laboral.
- Se sostuvo que la actualización del crédito debe hacerse por el IPC informado por el INDEC, adicionando un interés del 3% anual, y que la capitalización de intereses se realiza a la fecha de notificación del traslado.
- La Sala modificó la sentencia en cuanto a los accesorios, ajustando la forma de actualización del monto de condena y los intereses, en línea con los precedentes recientes y principios constitucionales.
- Se confirmó la regulación de honorarios en la instancia de alzada, ajustando los montos conforme al nuevo monto de condena.
- Las costas de la alzada se imponen en el orden causado, y las costas de la instancia anterior se mantienen en su orden.
Fundamentos principales:
"Desde tal posicionamiento, en base a los antecedentes referidos, corresponde hacer lugar al planteo formulado, desde que en el fallo 'Anton' antes mencionado este Tribunal entendió que no existen motivos para otorgarle un disímil tratamiento a los reclamos por el resarcimiento de los daños psicofísicos consolidados con posterioridad al 5/3/2017 (fecha de entrada en vigencia de la ley 27348) y a los originados en contingencias anteriores a esa fecha."
"En efecto, se impone en primer término referir que a raíz de varios fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que descalificaran los distintos métodos alternativos de recomposición del crédito laboral fijado a valores históricos sugeridos por esta Cámara (ver, entre otros 'García, Javier Omar y otro c/ UGOFE S.A. y otros s/ daños y perjuicios' Fallos (346:143), 'Oliva, Fabio Omar c/ COMA S.A. s/ despido' (causa nro. 23.403/2016/1/RH1 del 29/2/2024) y 'Lacuadra, Jonatan Daniel c/ DIRECTV ARGENTINA S.A. y otros s/despido' (CNT 049054/2015/1/RH001, sentencia del 13/8/24), esta Sala ha decidido declarar la inconstitucionalidad
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: