EROLES, MATIAS RONALDO c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
La Cámara de Apelaciones del Trabajo de la Sala II confirmó la decisión administrativa y rechazó el recurso de apelación del actor, manteniendo la resolución de la Comisión Médica Central en relación a las prestaciones por el accidente in itinere, argumentando que la vía recursiva no permite cuestionamientos de fondo ni planteos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Matías Ronaldo Eroles, demandó a la Federación Patronal ART S.A. reclamando la continuidad de prestaciones por minusvalías derivadas de un accidente in itinere ocurrido el 7/4/2022, tras haber sido dado de alta médica en 2024 y declinar tratamientos posteriores. La Comisión Médica Central rectificó su dictamen, permitiendo que Eroles continúe recibiendo prestaciones, decisión que fue apelada por el actor. La Cámara de Apelaciones del Trabajo, Sala II, rechazó el recurso de apelación, confirmando la resolución administrativa y argumentando que el sistema de recursos establecido limita la revisión a cuestiones de derecho, sin posibilidad de cuestionar hechos o valoraciones médicas, y que la impugnación de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27348 transgrede la doctrina del acto propio y el control judicial constitucional. La sentencia destaca que el recurso en estos casos no permite plantear cuestiones constitucionales ni cuestiones fácticas, y que la revisión debe limitarse a la crítica concreta y razonada de la decisión administrativa, respetando la doctrina de la Corte Suprema en “Pogonza” y la normativa vigente. La decisión fue unánime, rechazando el recurso y confirmando la resolución administrativa.
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