FLAGITONTE, MARIA ROMINA c/ GRUPO DDM S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, incrementando la indemnización por despido incausado a $411.315,13 y declarando que la decisión de la empleadora de despedir a la trabajadora sin configurar abandono de trabajo fue ilegítima, además de rechazar los agravios relacionados con horas extra y remuneraciones no registradas.
¿Quién es el actor?
María Romina Flagitone
¿A quién se demanda?
Grupo DDM S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y otros conceptos laborales como horas extras y remuneraciones no registradas
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma que el despido fue incausado y aumenta la indemnización a $411.315,13, además de condenar en costas a la empleadora y regular honorarios en el 30% de lo aprobado en instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia consideró que no se configuró el abandono de trabajo y, en consecuencia, el despido fue ilegítimo. La demandada no acreditó la existencia de enfermedad ni justificó las ausencias, y su proceder fue considerado apresurado e ilegítimo. Respecto a las horas extras, no se acreditó la percepción en forma clandestina. La normativa sobre indemnización en caso de mora en entrega de certificados se aplicó correctamente, y la decisión de despedir sin verificar la salud fue ilegítima. La condena por indemnización del art. 80 LCT se ajustó a derecho por incumplimiento del plazo legal para la entrega de certificados. La condena total quedó en $411.315,13, y se confirmaron costas y honorarios en los términos señalados.
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