PERALTA DIEGO EDUARDO - SUCESORIO-AB INTESTATO S/QUEJA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná rechazó el recurso de queja contra una resolución que denegó un recurso de apelación en un proceso sucesorio, fundamentando que la resolución recurrida es consecuencia de una resolución firme y consentida que no admite recurso.
Actor: Oscar Eduardo Peralta (coheredero) Demandado: Poder Judicial, en el contexto de un recurso de queja Objeto: La concesión del recurso de queja contra la resolución que deniega la apelación en un expediente de sucesorio. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de queja, confirmando que la resolución cuestionada no puede ser recurrida porque es una consecuencia de una resolución firme y consentida, y que la misma resulta irrecurrible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no puede ser concedido atento que la providencia cuestionada no es sino una consecuencia de la resolución del 04/07/2023, que en el pto. 2. disponía librar oficio al Registro de la Propiedad Automotor, a fin de inscribir el automotor, debiendo previamente el Registro constatar, en otros, que ni el causante ni los herederos se encuentran inhibidos de vender (pto. c), resolución ésta que se encuentra firme y consentida." "Cuando la resolución es consecuencia de otra anterior, que se encuentra firme y consentida, aquella resulta irrecurrible." "De lo contrario, se produciría el absurdo de que resoluciones firmes, se tornasen apelables por la sola renovación de la petición, violentándose de tal forma el principio de preclusión procesal." En consecuencia, el tribunal concluye que el recurso de queja debe ser rechazado.
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