CABRERA, MARIA LUISA GUADALUPE S/MEDIDA CAUTELAR GENERICA
La Cámara de Paraná rechazó el recurso de apelación del PAMI contra la imposición de astreintes por incumplimiento en el traslado de una paciente en situación de vulnerabilidad. La resolución sostiene que el organismo no cumplió con la orden judicial y que la medida cautelar se ajustó a derecho.
- Quién demanda: La parte que interpone la apelación, en este caso el PAMI.
¿A quién se demanda?
La resolución judicial que impuso astreintes por incumplimiento en la internación de la señora Cabrera.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de la resolución que aplicó astreintes, alegando que brindó informes tempestivamente y cuestionando su competencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación, confirmando la suficiencia de la medida y la validez del incumplimiento del organismo. Además, aclaró que el PAMI no es legitimado pasivo en esta acción y que la medida responde a la protección de derechos humanos de una persona vulnerable. La información posterior sobre la vacante en la Residencia Gerontológica no altera la decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no puede prosperar en virtud de que la sanción ha sido adecuadamente dispuesta, ya que el organismo prestatario del servicio ha sido renuente durante mucho tiempo en cumplir con la manda judicial que le había sido dada. [...] El Pami no es un legitimado pasivo de la acción a quien se le deba dar un ejercicio del derecho de defensa, y que éste deba serlo en el ámbito de la justicia federal. Esta es una medida cautelar generica de protección de una persona vulnerable, y donde al Pami como prestador de un servicio se le requiere que lo complete." "El 2 de agosto del 2023, el Pami informa que ha obtenido una vacante en la Residencia Gerontológica Almafuerte, pero no se pudo ingresar a la paciente por falta de referente familiar, información que no forma parte del recurso ya que es posterior a la imposición de las astreintes y debe ser resuelta en otro ámbito." "El organismo ha sido renuente en cumplir con la orden judicial, y la medida cautelar responde a la protección de derechos humanos de una persona vulnerable."
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