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NIEDERKAUSERN ANA MARIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS cesar descuentos y pagar sumas retenidas en beneficios de pensión y jubilación, rechazando la inadmisibilidad de la vía de amparo y la aplicación del art. 79 de la ley 18.037, con fundamento en la continuidad del incumplimiento y la naturaleza del derecho reclamado.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Amparo Anses Beneficios previsionales Acumulacion de prestaciones Ley 18.037 Ley 24.463. Derechos del beneficiario Continuidad del acto


¿Quién es el actor?

Ana María Niederkausen

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cesar descuentos sobre beneficios de pensión y jubilación, y pago de sumas retenidas, invocando la prescripción y la inconstitucionalidad de ciertos límites.

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia de grado que ordena a la ANSeS cumplir con esas obligaciones, rechazando los planteos de inadmisibilidad, caducidad y fondo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala recordó que la caducidad no se produce si la conducta lesiva se prolonga en el tiempo, como sucede en este caso, y que la acción de amparo es procedente ante actos arbitrarios o ilegítimos. Respecto a la acumulación de prestaciones, la Corte Suprema de Justicia sostuvo que limitar los beneficios por el tope del art. 79 de la ley 18.037 viola derechos del beneficiario. La diferencia de origen de los beneficios (pensión por fallecimiento y jubilación) impide aplicarles el tope del art. 9 de la ley 24.463, por lo que la pretensión fue considerada procedente.

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