FRANCINI JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó los agravios de las partes en relación con la actualización de la Prestación Básica Universal y la aplicación del índice y parámetros establecidos, manteniendo la constitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y la metodología de cálculo de aportes autónomos, además de las costas y honorarios.
- Quién demanda: Actor (beneficiario de la PBU)
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la Prestación Básica Universal, actualización del componente, y aspectos relacionados con aportes autónomos, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos sus términos, rechazando los agravios y ratificando los lineamientos de actualización y cálculo de la PBU.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que no surge del precedente “Quiroga Carlos Alberto c/ ANSeS s/reajustes varios” que la Corte Suprema hubiera limitado la actualización de la PBU a una fecha específica y que el objetivo del reclamo es evitar la confiscatoriedad del haber, en línea con otros precedentes y reiteradas sentencias como “Carrizo Rosa Ester” y “Ramirez Emilia Delfina”. La Sala reiteró que la actualización debe hacerse conforme al índice definido por la Corte Suprema en “Badaro Adolfo Valentín” y los aumentos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08, desde la fecha de adquisición del beneficio hasta la sanción de la ley 26.417. En relación a los aportes autónomos, la Sala adhirió a la doctrina de la Corte en “Makler, Simón”, aplicando el cálculo que considere todos los años y categorías aportadas, respetando la proporcionalidad y esfuerzo contributivo. Se aplicarán las costas a la parte vencida y los honorarios del 30% sobre lo que se fije en primera instancia, conforme a la ley 27.423. Se dejó constancia que la fecha de adquisición del beneficio es el 7.05.2014 y que el índice a aplicar será el definido por la Corte Suprema en “Badaro”.
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