VILLA EDUARDO REINALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en la que se declararon inadmisibles los agravios del actor y la improcedencia del análisis del componente de la Prestación Básica Universal, manteniendo la constitucionalidad de varias normativas y rechazando los agravios relacionados con los aportes autónomos y el impuesto a las ganancias.
- Quién demanda: Eduardo Reinaldo Villa
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes en la Prestación Básica Universal y discusión sobre la constitucionalidad de normativas relacionadas, además de la exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la inadmisibilidad del recurso de la parte actora, revocó parcialmente la sentencia en relación con ciertos aspectos y mantuvo la constitucionalidad de las normativas controvertidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte actora no presentó expresión de agravios, por lo que su recurso se declara desierto. En cuanto a la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y otras normativas, la Sala entiende que los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no limitan la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha específica, y que la actualización debe considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas, conforme a la doctrina del fallo “Makler”. Se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado y la constitucionalidad del resto de las normativas cuestionadas." "Respecto al componente PBU, se ratifica la aplicación del criterio del precedente “Quiroga Carlos Alberto”, considerando todos los años y categorías efectivamente aportadas para evitar confiscatoriedad, y se confirma el diferimiento de la actualización." "En relación al art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09, se confirma lo resuelto en la instancia de grado. La Corte Suprema ha remitado a la jurisprudencia en autos García, confirmando la constitucionalidad del impuesto a las ganancias en estos casos. Se imponen costas a la parte vencida." "Se deja constancia que los agravios de la demandada relativos a otros aspectos no son considerados, ya que no guardan relación con lo decidido."
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