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FLORIT JUAN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en lo demás, declarando la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de remuneraciones por la Ley 27.426 para los períodos anteriores a 2009, y ordena al organismo demandado la liquidación conforme a los índices y precedentes judiciales.

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Actor: Juan Antonio Florit Demandado: ANSES Objeto: Reajustes varios, actualización de remuneraciones, inconstitucionalidad de ciertas normas, y diferencias en movilidad previsional. Decisión: La Cámara revoca parcialmente la sentencia de grado en aspectos relativos a la metodología de actualización y la Prestación Básica Universal, ordena la liquidación conforme a los índices judiciales, y declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 para remuneraciones anteriores a 2009, en línea con los precedentes “Elliff” y “Blanco”. Además, confirma la validez de las actualizaciones en otros aspectos y rechaza los agravios relacionados con la ley 27.541 y decretos posteriores. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar efectos confiscatorios y en la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En virtud del carácter integral de los beneficios de la seguridad social y la protección constitucional del art. 14 bis de la Constitución Nacional, resulta imprescindible aplicar la metodología que garantice la proporcionalidad, la no confiscatoriedad y la adecuación del haber previsional. La aplicación de índices que generan disminución confiscatoria sobre el haber inicial, en particular para remuneraciones anteriores a 2009, resulta inconstitucional, por lo que se ordena utilizar los índices ISBIC y otros criterios judiciales. La jurisprudencia de la CSJN en “Elliff” y “Blanco” establece que ante la duda sobre la existencia de disminución confiscatoria, la metodología más favorable y proporcional debe prevalecer.”

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