NICOLINI JORGE ERNESTO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado en lo que respecta al plazo de cumplimiento y la regulación de honorarios, confirmando en lo demás lo resuelto, y regula costas y honorarios de acuerdo a lo dispuesto en la ley 27.423.
- Quién demanda: Jorge Ernesto Nicolini
¿A quién se demanda?
Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación al haber mensual de acreencias emergentes del Decreto 1305/2012 con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de grado respecto al plazo de cumplimiento y la regulación de honorarios, confirmando en lo demás, y ordena a la demandada que a partir de la firmeza del fallo efectúe la previsión presupuestaria correspondiente conforme a las normativas aplicables (art. 22 de la ley 23.982 y art. 170 de la ley 11.672 actualizada y ordenada por el decreto 740/2014). La imposición de costas a la demandada se confirma y se regula la honorarios de la parte actora en el 30% de la suma correspondiente, más IVA si correspondiere.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala revoca lo decidido en relación al plazo de cumplimiento, ordenando que la demandada realice la previsión presupuestaria y la acreditación en la causa con la documentación pertinente, en concordancia con las normas de orden público (Fallos 319:2931; 326:1637). Respecto a los honorarios, se revoca la regulación del juez de grado y se espera la liquidación aprobada para la futura regulación, siguiendo las directivas de la CSJN en las jurisprudencias citadas (Fallos 317:1342 y 329:1715). La estructura normativa y jurisprudencial respalda la decisión, ajustándose a los principios de orden público y la normativa vigente en materia de créditos estatales y honorarios.
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