PERNIGOTTI ANGEL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que confirmó la inconstitucionalidad parcial y diferió el tratamiento de ciertos aspectos de los reclamos previsionales, enfatizando la prudencia en la etapa de ejecución frente a cambios normativos y la protección del derecho a la movilidad previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora y la ANSeS apelaron contra una sentencia previa.
- La Cámara confirmó la decisión de grado, en particular, la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, del art. 26 de la Ley 24.241, y de la Resolución S.S.S. 6/09, en relación a la confiscatoriedad del tope en los haberes previsionales.
- La Sala consideró que el análisis de la inconstitucionalidad debe diferirse a la etapa de ejecución, en atención a las modificaciones normativas actuales, en especial el DNU 274/2024 y la ley 27.609, que buscan ajustar la movilidad previsional a la inflación y evitar perjuicios concretos.
- Se resaltó que la Constitución garantiza la movilidad de los haberes en su artículo 14 bis y que la normativa debe ser razonable y proteger un nivel de subsistencia decorosa.
- La Cámara rechazó la aplicación del precedente “Villanustre” en la etapa de ejecución, dado que aún no existen liquidaciones definitivas.
- Se confirmó la constitucionalidad de la ley 27.609 y los bonos extraordinarios, pero su tratamiento se diferirá a la etapa de ejecución.
- Los intereses se calcularán desde que cada suma fue debida, conforme a la tasa pasiva del Banco Central.
- La sentencia fue dictada en el marco de la ley 27.423 y en línea con fallos de la CSJN, garantizando la protección del derecho a la movilidad y la seguridad jurídica.
- Se ordenaron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios en el 30% de lo actuado en la instancia de alzada.
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