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DAVI JORGE RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenando el reajuste de la haber previsional de la actora a partir de enero de 2021, con base en una serie de decretos y leyes, y diferió el tratamiento de bonos y refuerzos para la etapa de ejecución.

Inconstitucionalidad Movilidad Decretos Derechos previsionales Proteccion social Reajuste previsional Bonos extraordinarios Ley 27.426 Recursos de apelacion. Leyes sociales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora demanda a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional, reclamando la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, y la incorporación de bonos. La Cámara confirmó la constitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.426, remitiéndose a fallos anteriores, y rechazó la inconstitucionalidad del art. 2, en línea con decisiones previas. En cuanto a los bonos y refuerzos, ordenó su tratamiento en la etapa de ejecución, considerando que estos fueron otorgados durante y después de la vigencia de la Ley 27.609, y que su otorgamiento reiterado puede desnaturalizar la movilidad prevista en la normativa. La Cámara sostuvo que los incrementos excepcionales, en un contexto de pandemia, guerra y crisis económica, deben ser analizados en su contexto y por ello diferió su revisión para la etapa de ejecución. Además, ordenó el reajuste del haber con diferencia respecto a los decretos que fijaron la movilidad suspendida y la que correspondería por la ley 27.426, y estableció que las costas de ambas instancias serán a cargo de la demandada vencida. La decisión fue adoptada por mayoría, con disidencia en la confirmación del art. 2 de la Ley 27.426.

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