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ZARAGOZA ABEL ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de los parámetros para actualizar beneficios previsionales y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426; además, confirmó diversas decisiones sobre la metodología de cálculo y el rechazo de agravios específicos del organismo y la parte actora.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Actualizacion Metodologia de calculo Beneficios previsionales Inconstitucionalidad de leyes Leyes de movilidad Ley 27.541 Ley 24.241 Ley 27.426 Ley 27.609.

Quién demanda: Abel Antonio Zaragoza

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios en beneficios previsionales, actualización del haber inicial, y cuestionamientos sobre la constitucionalidad de leyes y procedimientos de cálculo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16, la metodología de actualización y las bases de cálculo utilizadas, rechazando los agravios sobre inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y otros aspectos. Además, revocó parcialmente la sentencia y sostuvo que la aplicación del índice de la Corte Suprema en el caso “Blanco” resulta ajustada a la Constitución. Fundamentos principales de la decisión:
- Se remiten a los fallos “Blanco Lucio Orlando” y “García María Isabel” para justificar la validez del Decreto 807/16 y el método de actualización.
- La Corte Suprema estableció que corresponde al Congreso Nacional determinar los índices de actualización, por lo que la ley 27.426 fue declarada constitucional, salvo en los casos en que se haya obtenido el beneficio con posterioridad a su sanción.
- La Cámara ratifica que la metodología de cálculo basada en los antecedentes jurisprudenciales y doctrinales resulta ajustada, y que la aplicación del índice considerado por la Corte Suprema en “Badaro” es correcta.
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, y la improcedencia de aplicar otras metodologías o agravios en relación a los aportes autónomos y la Prestación Básica Universal.
- Además, se reitera la improcedencia de agravios relacionados con leyes de movilidad y topes que generan efectos confiscatorios, confirmando las decisiones previas.
- Se ordena que ANSES abone las diferencias emergentes de la aplicación de los decretos y leyes, en particular para enero y febrero de 2021, y en adelante conforme a la ley 27.609.
- Se rechazan otros agravios por cuestiones de economía procesal y se confirman las decisiones previas en materia de metodología y constitucionalidad.

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