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CARDOZO DORA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de la instancia inferior respecto a la actualización de remuneraciones y la constitucionalidad de la ley 27.609, diferiendo el análisis de su inconstitucionalidad para la etapa de ejecución, en atención a la normativa vigente y a los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sala analiza recursos de apelación interpuestos por ambas partes en un expediente que involucra la revisión de parámetros para la actualización de beneficios previsionales. La Cámara recuerda la jurisprudencia de la Corte Suprema en autos “Elliff” y “Blanco”, ratificando que el índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción es el método adecuado para actualizar el haber inicial. La Cámara también ratifica que el método de actualización previsto en la ley 27.609, que combina RIPTE y recaudación de ANSES, resulta insuficiente y cuestionado, por lo que se decide diferir su análisis de constitucionalidad para la etapa de ejecución, en línea con precedentes de la CSJN y en atención a la necesidad de garantizar la subsistencia decorosa de los beneficiarios. Además, se confirma la improcedencia del planteo sobre el impuesto a las ganancias, remitiéndose a fallos anteriores de la Corte Suprema. Finalmente, se ordena que las costas de alzada sean a cargo de la demandada vencida y se regularizan honorarios del 30% por actuación en la instancia de alzada.

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