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BARILARI MARIA EVA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y estableció criterios para la actualización del haber previsional, diferidas para la etapa de ejecución, en un contexto de cambios normativos y jurisprudenciales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demanda la actualización de su beneficio previsional adquirido en 2021, bajo la Ley 24.241 con modificaciones por la Ley 27.609.
- La demandada se agravia por el recálculo del haber, cuestionando la inaplicabilidad de ciertos artículos, la constitucionalidad de la ley 24.241, y la aplicación de impuestos.
- La Cámara recuerda que la jurisprudencia del Supremo Tribunal ha señalado la protección constitucional del carácter integral de los beneficios previsionales y la importancia de la correcta fijación de los haberes iniciales.
- La Sala adopta el método de cálculo del precedente “Badaro”, aplicando un índice de salarios del INDEC entre 2001 y 2006 para determinar si la falta de actualización genera una disminución confiscatoria mayor al 15%.
- La Cámara concluye que, en el escenario actual, la revisión de la inconstitucionalidad debe diferirse para la etapa de ejecución, dado el cambio en la normativa y las nuevas medidas del Poder Ejecutivo con el DNU 274/2024 que ajusta la movilidad previsional con base en el IPC.
- La sentencia confirma la decisión de rechazar el planteo de inconstitucionalidad en esta instancia, revoca parcialmente la anterior, y dispone que las costas sean a cargo de la parte vencida.
- Se regula honorarios y se devuelve las actuaciones al juzgado de origen.
- La mayoría entiende que la modificación normativa actual refleja una respuesta a la insuficiencia del esquema anterior y busca garantizar la movilidad en línea con la inflación, por lo que es prudente esperar la implementación del nuevo sistema antes de pronunciarse sobre la constitucionalidad.
- La disidencia del Dr. Fantini, con excepción en la cuestión de la Prestación Básica Universal, apoya la revisión de los cálculos y la actualización del haber inicial conforme a los precedentes del tribunal.

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