BAZAN ALBERTO HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó la actualización de servicios autónomos, rechazó la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y remitió sobre el impuesto a las ganancias, ratificando los parámetros para el cálculo del haber inicial y de los servicios autónomos, y manteniendo las costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda la actualización de su haber inicial y los servicios autónomos, reclamando también la exención del impuesto a las ganancias. La Cámara revisó los parámetros de actualización de remuneraciones, confirmando la aplicación del índice de salarios básicos de convenio y ratificando precedentes de la Corte Suprema de Justicia, como “Elliff” y “Blanco”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417. La Cámara también declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, en casos donde la aplicación de topes genera una quita superior al 15%, y remitiendo en cuanto al impuesto a las ganancias a los fallos “García Marta Susana” y “García María Isabel”. En cuanto a los servicios autónomos, se dispuso que deben actualizarse según los lineamientos de la Corte Suprema en “Makler”, respetando los aportes anteriores a julio de 1994 y posteriores, mediante los índices de “Elliff” y “Blanco”. La sentencia además confirma la improcedencia de metodologías adicionales de actualización, confirma la constitucionalidad de los parámetros y mantiene las costas a la parte demandada.
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